Es más de la lectura del articulo 21 núm
Es más de la lectura del articulo 21 núm. 6 de la CPE, se extrae que las Bolivianas y Bolivianos tenemos el derecho a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva, es en este apartado constitucional que se otorga el derecho irrestricto a todos los bolivianos y bolivianas a acceder a la información, como la impetrada el 26 de febrero de 2.010, de desclasificación de documentos existentes en el Departamento Segundo del Estado Mayor, desde junio de 1.979 a diciembre de 1.980 y el reporte de ingresos y salidas al Estado Mayor del ejercito del 10 a 20 de julio de 1.980"; en consecuencia, se debe dar aplicabilidad a esta norma disponiéndose la desclasificación solicitada por la parte civil que se constituyó en coadyuvante del Ministerio Público en la sustentación de la presente acusación
- PARTES: Ministerio Público c/ Franz Pizarro Solano y Otros
- CONSIDERANDO: Que, Olga Beatriz Flores Bedregal constituida en parte civil dentro del presente proceso, mediante
- Que habiéndose corrido en traslado el mismo al Ministerio Público requirió porque se de lugar
- CONSIDERANDO: Que, si bien el caso de Autos fue remitido a este Alto Tribunal con
- Que, bajo esos antecedentes mencionados se tiene que la familia Quiroga Santa Cruz mediante memorial
- Que, a la fecha, existiendo otra solicitud similar impetrada por Olga Beatriz Flores Bedregal, conforme
- CONSIDERANDO: Que, fue la Ley 1695 de 12 de julio de 1996, que aprobó y
- Siguiendo ese marco, nuestra actual Carta Magna, reconoce que los delitos de genocidio, de lesa
- Es más de la lectura del articulo 21 núm
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Para la legal notificación por Secretaria de Cámara remítase una Provisión Citatoria encomendándose su ejecución
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
