Auto Supremo AS/0144/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2010

Fecha: 14-Abr-2010

Ahora bien, el art


Ahora bien, el art. 59 de la Ley de Municipalidades 2028, señala que a partir de su promulgación se consideran funcionarios públicos municipales a todo el personal que se incorpore al Gobierno Municipal y consiguientemente sometidos a las previsiones de la Carrera Administrativa Municipal contenida en la misma Ley y las disposiciones que rigen para los funcionarios públicos, con excepción de los funcionarios designados y de libre nombramiento que comprenden al personal compuesto por los oficiales mayores y los oficiales asesores del Gobierno Municipal, a quienes no se consideran funcionarios de carrera y no se encuentran sujetas a la Ley General del Trabajo ni el Estatuto del Funcionario Público y con excepción de las personas contratadas en las empresas municipales, públicas o mixtas, establecidas para la prestación directa de servicios públicos, que se encuentran sujetas a la Ley General del Trabajo