Que, en suma el auto de vista recurrido, omite resolver el fondo de la litis,
Que, en suma el auto de vista recurrido, omite resolver el fondo de la litis, con un pronunciamiento preciso sobre todas las cosas litigadas y en la manera en que fueron demandadas, omisión que no hace sino revelar el incumpliendo de los arts. 190 y 236 del Cód. Pdto. Civ
- AUTO SUPREMO Nº 164 - Social Sucre, 20 de abril de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación formulada por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de
- Contra la resolución de vista ambas partes del proceso interponen recurso de casación en el
- Por su parte, en el recurso de casación de fs
- Concluyen con el petitorio de que la Corte Suprema de Justicia case a su favor
- CONSIDERANDO II: Que el art
- Que el auto de vista recurrido, revoca la sentencia de primera instancia, declarando probada la
- Que, en suma el auto de vista recurrido, omite resolver el fondo de la litis,
- Consiguientemente, siendo evidente la omisión del cumplimiento de las precitadas normas procesales cuyo cumplimiento es
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 20 de abril de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
