Que desde la emisión del Auto Inicial de la Instrucción que data del 22 de
Que desde la emisión del Auto Inicial de la Instrucción que data del 22 de mayo de 2000 al presente, han transcurrido más de diez años, razón por la cual corresponde dar aplicación a la indicada Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal
- Partes: Lola Críales Saravia de Matos c/ Maria Paz Villamil Velásquez
- Delitos: Falsedad material, falsedad ideológica, y uso de instrumento falsificado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por María Paz Villamil Velásquez el 27 de junio
- CONSIDERANDO: que el indicado proceso, tramitado según las reglas del Código de Procedimiento Penal de
- CONSIDERANDO: que la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal establece que los procesos
- No obstante ello, la doctrina constitucional sobre el tema a partir de la Sentencia Constitucional
- Que desde la emisión del Auto Inicial de la Instrucción que data del 22 de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
