Auto Supremo AS/0268/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2010

Fecha: 13-Sep-2010

CONSIDERANDO: que en el caso de autos las investigaciones penales se inician el 19 de


CONSIDERANDO: que en el caso de autos las investigaciones penales se inician el 19 de enero de 2000 (fojas 1), elaboradas las diligencias de policía judicial y puestas en conocimiento de la autoridad jurisdiccional, el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba el 15 de febrero de 2000 (fojas 66) dicta Auto de Apertura de Proceso en contra Julio Gómez Tumiri y Leónidas Unzueta Padilla por el delito de tráfico de sustancias controladas, tipificado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, y contra Patricia Torrez Rojas por el delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas, tipificado en el artículo 76 relacionado con el 48 de la misma Ley, resolución que apelada es confirmada por Auto de Vista de 12 de junio de 2000 (fojas 100); recibidas las declaraciones confesorias de los procesados Julio Gómez Tumiri (fojas 107 a 108), Leónidas Unzueta Padilla (fojas 108 a 109) y Patricia Torrez Rojas (fojas 117), el debate es abierto el 18 de octubre de 2000 (fojas 127 a 128), concluyendo el proceso en primera instancia con sentencia de 20 de mayo de 2002 (fojas 235 a 236) que declaró a los procesados Julio Gómez Tumiri y Leónidas Unzueta Padilla autores del delito de tráfico de sustancias controladas, imponiéndoles pena privativa de libertad de diez años de presidio y, a la procesada Patricia Torrez Rojas cómplice en el delito de tráfico de sustancias controladas, imponiéndole pena privativa de libertad de seis años y ocho meses de presidio; resolución que en apelación es confirmada en parte por Auto de Vista de 10 de noviembre de 2003 (fojas 264 a 266) que revocó la sentencia en relación al procesado Leónidas Unzueta Padilla a quien le absuelve de culpa y pena del delito de tráfico de sustancias controladas; que a mérito del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público (fojas 268 a 269), el proceso es recibido en ésta Corte Suprema de Justicia el 27 de febrero de 2004 (fojas 270), sin que hasta la fecha se hubiera emitido la resolución correspondiente