Auto Supremo AS/0305/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2010

Fecha: 14-Sep-2010

Los Tribunales de instancia tienen la obligación de observar los principios doctrinales de congruencia y


Los Tribunales de instancia tienen la obligación de observar los principios doctrinales de congruencia y exhaustividad a la hora de pronunciar sus fallos, dado que, de no hacerlo, incurren en violación de las formas esenciales del proceso que acarrea la nulidad de lo obrado, conforme dispone el artículo 254-4) del Código de Procedimiento Civil