POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 60º num. 1 de la L.O.J., los arts. 258 num. 2), 271 num. 1) y 272 num. 2), todos del Cód. Pdto. Civ., de acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 109 y vlta., declara IMPROCEDENTE el Recurso de Casación en el Fondo de fs. 104-105, sin costas, conforme lo previsto en el art. 39 de la Ley Nº 1178 (SAFCO)
- AUTO SUPREMO Nº 482 Contencioso Tributario Sucre, 29 de septiembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1º Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de
- Posteriormente, en grado de apelación, instaurada por el actor COMPAÑÍA GRÁFICA INDUSTRIAL LTDA
- Es así que, dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el Fondo de fs
- Concluyen solicitando a este Tribunal CASE el Auto de Vista recurrido, disponiendo la REVOCATORIA del
- CONSIDERANDO II:Que, en los términos como se encuentra formulado el recurso, se advierte que, -conforme
- Por ende, conforme al referido artículo, por cuanto el legislador, con tal previsión, está cuidando
- En mérito a lo expuesto, corresponde a este Tribunal de Casación, observar las disposiciones legales
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz P. Secretaria de Cámara en suplencia legal
