Que en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Grover Andrade Muriel,
Que en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Grover Andrade Muriel, aduce en su Recurso de Casación que el Auto de Vista recurrido incurrió en defectuosa valoración de la prueba, porque las pruebas testificales de cargo fueron ilógicas, incoherentes y contradictorias, pero convencieron a la Corte de Apelación, aunque los hechos se sucedieron de noche y estaba muy oscuro; los testigos además, dijeron haber visto el humo en el caño de la supuesta arma, y que su persona habría disparado dos veces, sin que hayan restos de pólvora en su mano, como aseveran los resultados del guantelete, que el Juzgador debió valorar conforme al principio de favorabilidad; con lo que se lesionó sus derechos fundamentales al debido proceso, la presunción de inocencia y la legalidad de la prueba, vulnerando los arts. 171 y 172 del Código de Procedimiento Penal. Señaló que a su parte se le excluyeron la mayoría de las pruebas que cumplían con los recaudos de rigor, en cambio, a la parte adversa se le admitió simples fotocopias que en su momento fueron objetadas. Citó como Precedentes Contradictorios los Autos Supremos Nos. 308 de 25 de agosto de 2006, 444 de octubre de 2005 y 111 de 31 de enero de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo, Departamento de Cochabamba, emitió Sentencia Nº 06/07
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Que en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente, Grover Andrade Muriel,
- Solicitó a este Supremo Tribunal, se devuelvan obrados a la Sala de origen para que
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión exhaustiva del proceso; se evidencia que el hoy recurrente no
- POR TANTO:La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
