Auto Supremo AS/0003/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2011

Fecha: 05-Ene-2011

Que se pudo apreciar que en la tramitación del proceso no se observaron los plazos


Que se pudo apreciar que en la tramitación del proceso no se observaron los plazos procesales, prolongándose la causa más allá de principios razonables, hecho que implica que el lapso de más de 18 años desde el inicio del proceso en abril de 1992 hasta la fecha, no puede interpretarse como imputable a los encausados; en consecuencia corresponde aplicar la previsión contenida en la mencionada Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, de acuerdo al principio del debido proceso