Auto Supremo AS/0302/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2011

Fecha: 03-Oct-2011

CONSIDERANDO:Que, la demandada Julia Lazo Alvarado en su recurso de casación en el fondo de


CONSIDERANDO:Que, la demandada Julia Lazo Alvarado en su recurso de casación en el fondo de 11 de enero de 2007 (fs. 273 a 274 vlta.) acusa: 1.- Violación del art. 619 del Código de Comercio pues no se demandó por pago de importe del cheque, daños y perjuicios, 2.- Violación de los arts. 879 num. 1) y 294 del Código Civil pues los dos cheques no son idóneos para establecer la existencia de una obligación de pago de deuda por concepto de préstamo, 3.- Reitera violación del art. 619 del Código de Comercio ya que se demandó por pago de deuda por concepto de préstamo y los cheques no pueden justificar esa demanda considerando que el cheque no es documento de crédito, por ende se incurrió en error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba, y 4.- Violación de los arts. 16, 116 parágrafo X de la Constitución Política del Estado y 16 de la Ley de Organización Judicial, pues la invalidez del procedimiento por falta de notificación con la prueba no precluye; así como no se tomo el art. 990 del Código de Procedimiento Civil