VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Julia Lazo Alvarado de fs
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Julia Lazo Alvarado de fs. 273 a 274 vlta., contra el Auto de Vista Nº 375 de 20 de diciembre de 2006, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso sobre pago de deuda, seguido por Guetty Castro Yánez, contra la recurrente, el auto concesorio de fs. 279, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO: Que, el Juez Duodécimo de Partido en lo Civil de la ciudad de La Paz (en suplencia legal), pronunció la Sentencia Nº 261 de 16 de junio de 2005 (fs. 253 a 255 vlta.), declarando probada la demanda e improbadas las excepciones perentorias de prescripción y cosa juzgada, en consecuencia dispone que la demandada pague a favor del actor la suma de $us. 30.000.- más daños y perjuicios a determinarse en ejecución de sentencia, con costas
- Auto Supremo: Nº 302 Sucre: 3 de Octubre de 2011
- Expediente: Nº 15 - 07 - S
- Distrito: La Paz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Julia Lazo Alvarado de fs
- Deducida la apelación por la demandada, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO:Que, la demandada Julia Lazo Alvarado en su recurso de casación en el fondo de
- CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo del recurso de casación en el fondo, se llega
- En el contexto establecido precedentemente, el recurso de casación en cualesquiera de sus formas previstas,
- Asimismo, en virtud de la naturaleza jurídica de las acciones extraordinarias señaladas, en el recurso
- En la especie, sobre este punto en particular, la recurrente omitió distinguir la casación en
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- II
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
