Contra esta resolución, la imputada ha interpuesto el recurso de casación de fojas 59 a
Contra esta resolución, la imputada ha interpuesto el recurso de casación de fojas 59 a 64, donde argumenta situaciones de hecho ya resueltos por los jueces inferiores olvidando los alcances de las normativas procesales penales que tutelan la materia, confundiendo la errónea aplicación de la ley sustantiva con la valoración de la prueba y los medios lícitos de obtención, olvida los alcances de las reglas de la sana crítica instituida por los artículos 173 y 359 de la Ley Nº 1970, entre otras cosas, se percibe de datos del memorial del recurso de casación el reconocimiento voluntario de que la droga incautada la llevaba adherida a su cuerpo y sólo cita los Autos Supremos Nº 225 de 28/03/07; y Nº 368 de 17/09/05, referidos el primero al delito de asesinato y el segundo al delito de abuso de confianza
- CONSIDERANDO: Que el juicio oral, destinado a la comprobación del delito y la responsabilidad del
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal competente para resolver la apelación restringida, Corte Superior conforme el artículo
- Contra esta resolución, la imputada ha interpuesto el recurso de casación de fojas 59 a
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa vigente y la jurisprudencia establecida por el Supremo
- Que, examinado el recurso de casación con objetividad e imparcialidad y al amparo de los
- 2) Por otro lado, en el recurso de casación intentado no se señaló en términos
- 3) De lo expuesto, se evidencia que el recurso de casación intentado no llena el
- Que, la enunciación de algún fallo judicial, como ocurre en la especie, no suple de
- Por lo expuesto precedentemente se concluye que esta forma de deducir el recurso de casación,
- En consecuencia, conforme al razonamiento expuesto y al no concurrir los requisitos previstos en los
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- egístrese, hágase saber y devuélvase.
