Auto Supremo AS/0022/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2011

Fecha: 04-Feb-2011

Que, la enunciación de algún fallo judicial, como ocurre en la especie, no suple de


Que, la enunciación de algún fallo judicial, como ocurre en la especie, no suple de ninguna manera la ausencia del precedente, que debió invocarse con precisión, fundamentación y precisando el hecho similar determinado el sentido contradictorio, esto es, en apelación restringida como en casación