Regístrese, notifíquese y devuélvase
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del D.S. Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares .
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- AUTO SUPREMO Nº 34 Contencioso Tributario Sucre, 28 de febrero de 2011
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación deducida por la Administración Tributaria (fs
- CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, es menester señalar queconforme la amplia jurisprudencia del Tribunal
- En la especie, el recurso planteado por Ángel Luís Barrera Zamorano, Gerente a
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
