Auto Supremo AS/0087/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0087/2011

Fecha: 15-Mar-2011

Ante aquella situación, el Tribunal Ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida


Ante aquella situación, el Tribunal Ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida en el art. 262 num. 1) del Código de Procedimiento Civil y negar la concesión del recurso, declarando ejecutoriado el Auto de Vista; empero, al obrar contrariamente y concederlo, no ha hecho más que causar un evidente perjuicio a las partes, dilatando innecesariamente la conclusión definitiva del proceso