En apelación deducida por el demandante, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
En apelación deducida por el demandante, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 189 de 2 de mayo de 2006 (fs. 131 y vlta.), confirma la Sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- Auto Supremo: Nº 87 Sucre: 15 de Marzo de 2011
- Expediente: Nº 204 - 06 - S
- Distrito: La Paz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación interpuesto por Tomas Santalla Callizaya de fs
- En apelación deducida por el demandante, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del
- Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación interpuesto por el demandante Tomas Santalla
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En concordancia con dicho dispositivo, el art
- En el caso que nos ocupa, emitido el Auto de Vista Nº 189 de 2
- Por otro lado, de fs
- Ahora bien, computando el tiempo transcurrido desde la notificación con el Auto de Vista hasta
- Ante aquella situación, el Tribunal Ad quem tenía la obligación de observar la previsión contenida
- Por lo expuesto, corresponde pronunciar resolución en la forma establecida por el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se llama severamente la atención a los vocales que suscriben el Auto de concesión del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
