CONSIDERANDO: que por disposición del artículo 301 del Código de Procedimiento Penal y artículo 258-2)
CONSIDERANDO: que por disposición del artículo 301 del Código de Procedimiento Penal y artículo 258-2) del Código de Procedimiento Civil, todo recurso de nulidad o casación, contendrá la especificación de los motivos, con cita de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugne, o de las leyes sustantivas o de fondo, cuya violación se acuse por uno u otro motivo, indicando igualmente, en qué consiste el quebrantamiento de las primeras y la violación de las segundas, a fin de que pueda abrirse la competencia del Tribunal Supremo
- CONSIDERANDO: que el recurrente referido en el exordio, deduce en un mismo memorial el recurso
- CONSIDERANDO: que concluido el plenario, el Juez de Partido Tercero en lo Penal Liquidador de
- Contra dicho fallo de segunda instancia, el absuelto de culpa y pena Alex Marcos Wilibaldo
- CONSIDERANDO: que por disposición del artículo 301 del Código de Procedimiento Penal y artículo 258-2)
- Que, en el presente caso, Alex Marcos Wilibaldo Quiroga Sahonero (absuelto) en su recurso de
- Por otro lado, la simple mención de que se recurre de nulidad y casación, sin
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
