POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el coprocesado Celso Paredes Caro (fs. 498 a 506 vlta.)
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Tercero de Sentencia en lo Penal de la ciudad de Santa
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- Que, en el caso de autos, se advierte que el hoy recurrente aduce en su
- Los extremos anotados por el recurrente no pueden ser objeto de consideración ni análisis por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
