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    Auto Supremo AS/0184/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0184/2011

    Fecha: 31-Mar-2011

    Regístrese, hágase saber y devuélvase.


    Regístrese, hágase saber y devuélvase.
    • CONSIDERANDO: que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, establece que el Recurso de
    • CONSIDERANDO: que en el caso de Autos, el recurrente cumplió con la presentación del Recurso
    • Que si bien, el recurrente adjuntó fotocopia simple del precedente invocado, el mismo no puede
    • De lo precedentemente expuesto se concluye claramente, que el Recurso de Casación no cumple a
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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