VISTOS:El recurso de casación interpuesto por Angélica Soto Caballero de Zuñiga de fs
VISTOS:El recurso de casación interpuesto por Angélica Soto Caballero de Zuñiga de fs. 257 a 258, contra el Auto de Vista Nº 370 de 28 de octubre de 2006, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso sobre usucapión, seguido por Julio Zuñiga Arancibia, Helen Zuñiga Soto y la recurrente contra Isabel Chavarria de Murillo, la respuesta de fs. 261 a 262, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de esta Capital, pronunció la Sentencia Nº 338 de 18 de agosto de 2006 (fs. 186 a 187), declarando improbada la demanda, con costas
- Auto Supremo: Nº 121 Sucre: 5 de Abril de 2011
- Expediente: Nº 52 - 06 - S
- Distrito: Chuquisaca
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación interpuesto por Angélica Soto Caballero de Zuñiga de fs
- Deducida la apelación por los demandantes, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En concordancia con dicho dispositivo, el art
- En el caso que nos ocupa, de la revisión de obrados se evidencia que emitido
- Ahora bien, computando el tiempo transcurrido desde la notificación con el Auto de Vista hasta
- Por lo expuesto, corresponde pronunciar resolución en la forma establecida por el art
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se llama severamente la atención a los vocales que suscriben el Auto de concesión del
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
