Para ello, se debe observar el procedimiento de distribución y sorteo de causas previstos en
Para ello, se debe observar el procedimiento de distribución y sorteo de causas previstos en los arts. 74 y siguientes de la Ley de Organización Judicial, toda vez que el sorteo es un acto fundamental de cuya transparencia trasunte la imparcialidad de la justicia, además confiere competencia exclusiva al relator para proyectar la resolución de la causa dentro del plazo previsto por ley, para que luego de la relación, sea apoyado o rechazado por los otros vocales integrantes de la Sala y todo ello, debe ser previamente puesto a conocimiento de las partes, para que ellas conforme a derecho puedan en su caso recusar al vocal convocado. El incumplimiento de estas formalidades, acarrea la nulidad de obrados, conforme establece el art. 123 de la citada norma legal vigente que establece: "El incumplimiento de las normas previstas en el presente capítulo dará lugar a la nulidad de lo obrado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal como de la suspensión o destitución del personal infractor"
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- En grado de apelación, formulada por la representante de la institución demandada, la Sala Social
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad o casación, de fs
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- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido o, en su caso se anule
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado por la
- En principio cabe señalar, que las Cortes Superiores y sus Salas se encuentran integradas conforme
- Para ello, se debe observar el procedimiento de distribución y sorteo de causas previstos en
- De igual manera y una vez convocado el vocal, con carácter previo al sorteo se
- De autos, se advierte a fs
- Es decir se sorteó la causa de la Sala Social Primera, pasando por alto algunos
- Estos antecedentes, evidencian que el sorteo se realizó solo con la intervención de un Vocal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
