CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
VISTOS: El recurso de casación de fs. 103-106, interpuesto por Adolfo Alcoba Guerrero, propietario de la "Carnicería Belgrano", contra el Auto de Vista 49/08 de 29 de marzo de 2008, cursante a fs. 99-100, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales y otros derechos seguido por Magda Feliza Sánchez Portal, contra el recurrente, la respuesta de fs. 109, el Auto por el que se concedió el recurso de fs. 110, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la Sentencia Nº 1/2008 de 5 de enero de 2008, cursante de fs. 69 vta. a 71, por la que declaró PROBADA en parte la demanda, ordenando que Adolfo Alcoba Guerrero, cancele a la actora la suma de Bs. 9.904,01.- por concepto de indemnización por 5 años, 5 meses y 23 días, aguinaldo en duodécimas por la gestión 2007 (9 meses y 23 días) y desahucio
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- En grado de apelación, deducida por ambas partes (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación de fs
- Concluye pidiendo que al no haberse demostrado los fundamentos de la demanda, se corrijan los
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de
- Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- Simplemente señala que no se cumple con el D
- El recurrente no consideró que conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación
- Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se regula el honorario profesional en Bs. 500 que mandará pagar el tribunal ad quem
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
