Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
Firmado: Min. Esteban Miranda Terán
Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el propietario de la empresa demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación y nulidad (fs
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- Concluyó solicitando que este tribunal case el auto de vista o anule obrados hasta el
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- En ese contexto, la parte demandada, alega que el actor habría confesado de manera espontánea
- En autos, estas no pueden ser consideradas como causal de despido, con el motivo de
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se regula el honorario en Bs. 500 que mandará pagar el tribunal ad quem
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
