Asimismo denuncia valoración defectuosa de la prueba, por omisión y falta de pronunciamiento sobre todos
Asimismo denuncia valoración defectuosa de la prueba, por omisión y falta de pronunciamiento sobre todos los puntos apelados, toda vez que se amplió la apelación por la causal señalada en el art. 370-6) del Código de Procedimiento Penal, por lo que corresponde anular la sentencia y disponer la realización del juicio por otro Tribunal, como manda la jurisprudencia
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Aurora Ala Condori, de fs
- Alega que ni el Tribunal de Sentencia ni el de Alzada, tomaron en cuenta estos
- Señala que no obstante, el Auto de Vista resolvió este aspecto indicando que era un
- Alega que su persona es completamente inocente, toda vez que jamás manipuló un solo gramo
- Arguye que tales hechos no fueron tomados en cuenta ni en la Sentencia ni el
- Asimismo denuncia valoración defectuosa de la prueba, por omisión y falta de pronunciamiento sobre todos
- Al respecto señala como precedentes contradictorios los siguientes Autos Supremos
- Asimismo ratificó los precedentes invocados en el memorial de apelación restringida y de su ampliación
- Con tales argumentaciones, interpuso el Recurso de Casación y solicitó se deje sin efecto el
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- Los Autos Supremos referidos precedentemente fueron invocados en calidad de precedentes contradictorios, empero del análisis
- A
- A.S. No. 160 de 2 de febrero de 2007,(no responde a los parámetros de búsqueda)
- De cuyo análisis se tiene que si bien la recurrente Aurora Ala Condori, presentó el
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
