El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por
El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal; por cuanto, si bien es cierto que dicho Recurso fue presentado en el término de ley; no es menos evidente que, por una parte, el Auto de Vista invocado como precedente contradictorio, no corresponde a hechos fácticos afines al caso que ahora se examina referido a los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas y Complicidad en el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, puesto que el Auto de Vista citado emerge del delito de Desobediencia a Resoluciones de Hábeas Corpus y Amparo Constitucional, muy diferente al caso de autos; por otra parte, se advierte que el recurrente no realizó el ejercicio de contradicción que exige el procedimiento, puesto que no señaló de manera precisa y concreta la contradicción que existiría con relación al Auto de Vista que invocó y el precedente contradictorio; el recurrente no precisó las situaciones de hecho similar y el sentido jurídico no coincidente con relación al Auto de Vista recurrido, lo que determina, que este Supremo Tribunal está impedido de establecer sí existe ó no contradicción entre las referidas resoluciones, porque no puede subsanar omisiones existentes, además en autos no existe ninguna infracción al debido proceso
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia de la provincia Quillacollo Departamento de Cochabamba, dictó Sentencia
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, se advierte que el coprocesado Andrés Arnez Iriarte,
- El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por
- En consecuencia, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del Recurso de Casación, impidiendo la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
