En consecuencia, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del Recurso de Casación, impidiendo la
En consecuencia, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del Recurso de Casación, impidiendo la apertura de competencia de este Máximo Tribunal de Justicia, determinando la inadmisibilidad del recurso interpuesto, conforme al art. 417 párrafos segundo y último del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia de la provincia Quillacollo Departamento de Cochabamba, dictó Sentencia
- CONSIDERANDO: Que, por determinación del artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, se advierte que el coprocesado Andrés Arnez Iriarte,
- El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por
- En consecuencia, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del Recurso de Casación, impidiendo la
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