Auto Supremo AS/0161/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2011

Fecha: 02-Jun-2011

CONSIDERANDO: que a fin de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con


CONSIDERANDO: que a fin de emitir la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:

1.- El proceso comenzó con Auto Inicial de la Instrucción de 22 de junio de 2000 (fojas 11). Concluido el Plenario, se dictó sentencia el 31 de marzo de 2004 (fojas 377 a 380); que declaró a los procesados Antonio Pinto Claros y Milka Gioconda Paredes de Pinto autores del delito de estelionato, previsto y sancionado por el artículo 337 del Código Penal; imponiendo la pena de tres años y tres meses de privación de libertad al primero y de un año y seis meses a la segunda