Auto Supremo AS/0161/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2011

Fecha: 02-Jun-2011

CONSIDERANDO: que efectuado el examen pertinente se llegó a las siguientes conclusiones


CONSIDERANDO: que efectuado el examen pertinente se llegó a las siguientes conclusiones:

1.- Respecto del primer motivo de recurso, se establece que el comportamiento de Antonio Pinto Claros en la transferencia de propiedad horizontal (oficina), en el edificio "Pinto Palace", que a tiempo de la misma estaba gravado, se circunscribe al tipo penal estelionato, del artículo 337 del Código Penal; al señalar que tiene ese carácter la transferencia de inmueble afectado con gravamen; aún cuando en la escritura pública no se señale ese extremo, así lo señala la múltiple prueba, pero principalmente las certificaciones del Registro de Derechos Reales, que dan cuenta de ello. Es decir, el imputado, teniendo pleno conocimiento de que sobre ese bien pesaban hipotecas a favor del ex banco "BIDESA", realizó la mencionada transmisión onerosa