Apelada la sentencia por la institución demandada de fs
Apelada la sentencia por la institución demandada de fs. 107 - 109, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 155/2007 de 15 de octubre 2007 REVOCO EN PARTE la Sentencia Nº 049/2006 de fs. 99-103 declarando PROBADA la demanda sobre indexación de beneficios sociales e improbada la excepción perentoria de prescripción opuesta por la parte demandada, disponiendo que la Juez A quo en ejecución de fallos proceda por Secretaría a la elaboración de la planilla de actualización correspondiente, manteniéndose firme en lo demás
- AUTO SUPREMO Nº 192 Social Sucre, 06 de junio de 2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda, la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la institución demandada de fs
- Este fallo motivo el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II:Que, así planteado el recurso, ingresando al análisis de su contenido, con carácter previo
- De los extremos señalados, se evidencia la falta de discriminación que establece el art
- Es así que, conforme la jurisprudencia fijada por este Tribunal Supremo, estableciendo que el recurso
- Consecuentemente, en relación a los requisitos formales del recurso y en base a los términos
- En mérito a los fundamentos expuestos, corresponde dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
