Este fallo motivo el recurso de casación en el fondo de fs
Este fallo motivo el recurso de casación en el fondo de fs. 127-130 y vta., interpuesto por Luís Fanor Costas Suárez, en su calidad de OFICIAL MAYOR a.i. DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS en el que se limita a hacer una relación de hechos en cuanto a la inobservancia de las supuestas pruebas de descargo con relación a la prescripción, a la relación y condición laboral de la actora para luego para luego señalar en su parte conclusiva textualmente como sigue "por lo anteriormente expuesto y de acuerdo a la JUSTA Y ECUANIME SENTENCIA Nº. 049/06 EMITIDA POR LA JUEZ A QUO EN PRIMERA INSTANCIA, SIENDO EVIDENTES CON LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA POR PARTE DE LA EX FUNCIONARIA ANA MARIA PALACIOS MEALLA, ASPECTOS ILEGALES QUE LESIONAN LOS INTERESES DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, en uso de nuestros derechos, en tiempo hábil y oportuno en aplicación de los arts. 250, 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 252 del Código Procesal del trabajo, interpongo RECURSO DE CASACION EN CONTRA DE LA RESOLUCION DE SEGUNDA INSTANCIA Nº. 155/07 - SSA-III DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2007 CURSANTE A FS. 121 DE OBRADOS EMITIDA POR LA SALA SOCIAL Y ADM. TERCERA SOLICITANDO QUE EL MAXIMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA NACION, PREVIO PROCEDIMIENTO CORRESPONDIENTE Y UNA CORRECTA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS DE DESCARGO SE SIRVA REVOCAR LA RESOLUCION DE SEGUNDA INSTANCIA Nº. 155/07 SSA-III DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2007, DECLARANDO IMPROBADA LA DEMANDA Y PROBADA LA EXCEPCION PERENTORIA DE PRESCRIPCION"
- AUTO SUPREMO Nº 192 Social Sucre, 06 de junio de 2011
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda, la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la institución demandada de fs
- Este fallo motivo el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II:Que, así planteado el recurso, ingresando al análisis de su contenido, con carácter previo
- De los extremos señalados, se evidencia la falta de discriminación que establece el art
- Es así que, conforme la jurisprudencia fijada por este Tribunal Supremo, estableciendo que el recurso
- Consecuentemente, en relación a los requisitos formales del recurso y en base a los términos
- En mérito a los fundamentos expuestos, corresponde dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
