Auto Supremo AS/0192/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2011

Fecha: 06-Jun-2011

De los extremos señalados, se evidencia la falta de discriminación que establece el art


De los extremos señalados, se evidencia la falta de discriminación que establece el art. 258 inc. 2), concordante con el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, con relación a la especificidad y consistencia en la determinación de cuáles son las causas que motivan la casación en el fondo, no siendo suficiente como se dijo la simple cita de disposiciones legales enunciadas libremente por la entidad recurrente, sino también demostrar en qué consiste dicha infracción que se acusa, para finalmente concluir con un petitorio concreto que responda a los legítimos intereses pretendidos por la parte recurrente