Auto Supremo AS/0194/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2011

Fecha: 06-Jun-2011

En ambos casos se establece de manera precisa el momento procesal desde el cual debe


En ambos casos se establece de manera precisa el momento procesal desde el cual debe iniciarse el cómputo del plazo y dentro del cual debe interponerse el recurso de casación, determinándose de manera expresa que es desde el momento de la notificación con el auto de vista que se impugna a la parte recurrente, sin soslayar -cuando corresponda- las peticiones de explicación, complementación y enmienda previstos en nuestro ordenamiento jurídico