Por lo dicho, la valoración de todos y cada uno de estos elementos procesales penales
Por lo dicho, la valoración de todos y cada uno de estos elementos procesales penales por parte del Ad-quem, se ajusta correctamente a las normas contenidas en los arts. 186 y 189 del Código de Procedimiento Penal tantas veces indicado. Asimismo, el Tribunal de Alzada a tiempo de pronunciar su fallo respectivo con las motivaciones y fundamentos contenidos en el mismo, ha procedido correctamente, no siendo por lo tanto ciertas las violaciones denunciadas por el recurrente, y por lo mismo, corresponde al Tribunal de Casación declarar infundado el Recurso de Casación interpuesto, aplicando el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal referido
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Tercero de Partido en lo Penal de la ciudad de La
- Sentencia que en apelación, la Sala Penal Segunda emitió el Auto de Vista Nº 19/2009,
- Contra dicho Auto de Vista, el coprocesado Manuel Gonzalo Salinas Quevedo (fs
- CONSIDERANDO: Que del estudio y análisis exhaustivo del proceso, se llega a establecer que el
- Por lo dicho, la valoración de todos y cada uno de estos elementos procesales penales
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
