Contra el mencionado Auto de Vista en tiempo hábil y oportuno, el imputado Pablo Gómez
Contra el mencionado Auto de Vista en tiempo hábil y oportuno, el imputado Pablo Gómez Quintanilla recurrió de Casación, donde haciendo una relación de la Sentencia dice que no se observó el procedimiento correcto con referencia al delito de complicidad, puesto que, en la fase de la instrucción no se calificó el hecho en relación a su persona como cómplice sino como autor, que el debate y la Sentencia se da sobre la base del Auto de Procesamiento, denunciando que en el plenario no hubo contradicción, ni debate, con referencia a la complicidad el cuál concluyó sancionándolo por un delito del que nunca fue acusado
- CONSIDERANDO: que, al término de la fase del plenario el A-quo, emitió la Sentencia de
- Contra el mencionado Auto de Vista en tiempo hábil y oportuno, el imputado Pablo Gómez
- Que en Apelación, se incumplió con el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial,
- Por último, interpuso incidente de extinción de la acción penal por prescripción y duración máxima
- CONSIDERANDO: que, de la revisión de los datos del proceso y el parangón con lo
- De lo expuesto, resulta no ser evidente la violación de las normas adjetivas ni sustantivas
- Relatora: Ministra Dra. Ana María Forest Cors
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
