Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs. 104), interpuesto por Oscar Melchor Pinto Villanueva, en representación de la empresa demandada, aduciendo que en la resolución de segunda instancia se hace una interpretación y aplicación errónea de los arts. 158, 169, 197 y 200 del Cód. Proc. Trab. y 16 inc. f) de la L.G.T. y 9 de su D.R. y jurisprudencia (A.S. Nº 139 de 22 de mayo de 1989), porque las pruebas de cargo de fs. 18, 19 y 20, determinan que la actora mediante cartas presentó su retiro voluntario, extremo ratificado por las declaraciones testificales de fs. 54 vta. y 55 vta., manifestó además que los supuestos cuatro sueldos devengados, fueron cancelados oportunamente como se demuestra por la prueba de cargo de fs. 82 a 84, desvirtuando de esta forma el despido indirecto
- AUTO SUPREMO Nº 216 Social Sucre, 05 de julio de 2011
- En recurso de apelación, interpuesto por el representante de la empresa demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- Concluyó solicitando que el tribunal supremo case el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, previo análisis del proceso se establece lo siguiente
- Revisados los antecedentes procesales, se evidencia que la actora mediante cartas de fs
- Consiguientemente, al no haberse advertido la existencia de infracciones referidas en el recurso, corresponde resolverlo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema, con la atribución
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 05 de Julio de 2011
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua. Secretaria de Cámara.
