Auto Supremo AS/0253/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0253/2011

Fecha: 19-Ago-2011

CONSIDERANDO:En la especie, los recurrentes no han cumplido con la carga procesal impuesta por el


CONSIDERANDO:En la especie, los recurrentes no han cumplido con la carga procesal impuesta por el artículo 258.2) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que no citan ni anuncian la vulneración, violación, aplicación indebida o interpretación errónea de alguna norma sustantiva que constituya el sustento de las resoluciones de instancia, es más, se limitaron a efectuar una relación histórica de los antecedentes del tramite efectuado a consecuencia del exhorto suplicatorio para citar a dos de los codemandados, omitiendo precisar las causales de casación en el fondo, enumeradas en los incisos 1), 2) y 3) del artículo 253 del Código Adjetivo citado, es más ni siquiera hacen alusión al indicado artículo, llegando a denunciar en su totalidad de forma insegura, contradictoria e imprecisa la "infracción" de normas adjetivas que hacen a las nulidades procesales, cuando supuestamente demanda "casación en el fondo", finalmente y a mayor abundamiento, en su petitorio final solicitan se conceda la apelación en el efecto suspensivo previa contestación de los codemandados y al mismo tiempo solicitar se disponga la casación del auto de vista recurrido, desconociendo la naturaleza jurídica que caracteriza a la acción extraordinaria que se analiza y a lo preceptuado por los artículos 271, 272, 273, 274 y 275, de tantas veces citado Código de Procedimiento Civil, que regulan sobre las formas de resolución del recurso en análisis