El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal manera que no puede suplir de oficio las omisiones, imprecisiones o impericias en que incurre un recurrente; en consecuencia, al no haber cumplido los recurrentes con la carga legal prevista, se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer el recurso intentado, al que se castiga conforme los artículos 271 Num. 1) y 272 Num. 2) del Código de Procedimiento Civil
- Auto Supremo: Nº 253 Sucre: 19 de Agosto de 2011
- Expediente: Nº 13 - 07 - A
- Distrito: La Paz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS:El recurso de casación de fojas 388 a 295, interpuesto por Zoilo Edmundo Suárez Panique
- Contra la referida resolución los demandantes Zoilo Edmundo Suárez Panique y Dora Remedios Juárez de
- Contra la resolución de vista, los demandantes interponen recurso de casación en el fondo, alegando
- Finalizan su recurso, solicitando se conceda la apelación en el efecto suspensivo, previa contestación de
- CONSIDERANDO:Que, la abundante jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció que el recurso de casación constituye
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- En virtud a esta diferenciación de la acción extraordinaria en análisis, la resolución que se
- CONSIDERANDO:En la especie, los recurrentes no han cumplido con la carga procesal impuesta por el
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
