Auto Supremo AS/0320/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2012

Fecha: 02-Oct-2012

CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 4 de la ciudad de Cochabambapronunció la

SALA PENAL LIQUIDADORA

Auto Supremo: 320/2012 Fecha: Sucre, 02 de octubre de 2012

Expediente: 195/08

Distrito: Cochabamba

Partes: Ministerio Público y Omar Harold Barrientos Chávez contra Erick Daniel GirondoMeave

Delito: Secuestro y Robo Agravado (art.334 segunda parte y 332 num. 2)del Código Penal)

Recurso: Casación

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VISTOS: Los Autos correspondientes al Recurso de Casación cursante de fs.208 a 211 vta., interpuesto por el procesad Erick Daniel GirondoMeave, impugnando la resolución jurisdiccionalcontenida en el Auto de Vista de 25de agosto de 2008 de fs. 190a 191 vta., pronunciado por la Sala PenalPrimera de la Corte Superior de Justicia del Departamento de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido porMinisterio Público y Omar Harold Barrientos Chávez contra elrecurrente, por lacomisión delos delitos deSecuestro y Robo Agravado, revistos y sancionados por los arts. 334 segunda parte y 332 num. 2) del Código Penal, los antecedentes de la causa, y;

CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 4 de la ciudad de Cochabambapronunció la resolución de grado Nº 44 contenida en la Sentenciade 24 de noviembre de 2007cursante de fs. 142a 147 vta., que declaró al procesadoErick Daniel GirondoMeaveautor y culpable de la comisión delos delitos deSecuestro y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 334 segunda parte y 332 num. 2) del Código Penal, imponiéndole la sanción penal de 30añosde presido a ser cumplida en la Cárcel de"El Abra" de la ciudad de Cochabamba, más la imposición del pago de costas a favor del Estado y de la parte querellante