CONSIDERANDO: Que el Tribunal 5º de Sentencia del Departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia de
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº: 336/2012 Fecha:Sucre, 9 de octubre de 2012
Expediente: 141/08
Distrito: Santa Cruz
Partes: Ministerio Público c/Roberto Carlos Bejarano Cesari
Delito: Transporte de Sustancias Controladas
Recurso: Casación
_______________________________________________________________
VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Roberto Carlos Bejarano Cesari cursante de fs. 168 a 170, impugnando el Auto de Vista Nº 91 de 7 de agosto de 2008, cursante a fs. 178 y 180 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público, en contra del ahora recurrente, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO: Que el Tribunal 5º de Sentencia del Departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia de fs 156 a 162 de obrados, declarando al procesado Roberto Carlos Bejarano Cesari autor del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto por el art. 55 de la Ley Nº 1.008, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 8 años de presidio en el Penal de Palmasola de Santa Cruz y una multa de 100 días a razón de Bs. 1 por día
Auto Supremo Nº: 336/2012 Fecha:Sucre, 9 de octubre de 2012
Expediente: 141/08
Distrito: Santa Cruz
Partes: Ministerio Público c/Roberto Carlos Bejarano Cesari
Delito: Transporte de Sustancias Controladas
Recurso: Casación
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VISTOS: (Del recurso en cuestión)
El Recurso de Casación planteado por Roberto Carlos Bejarano Cesari cursante de fs. 168 a 170, impugnando el Auto de Vista Nº 91 de 7 de agosto de 2008, cursante a fs. 178 y 180 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público, en contra del ahora recurrente, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y;
CONSIDERANDO: Que el Tribunal 5º de Sentencia del Departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia de fs 156 a 162 de obrados, declarando al procesado Roberto Carlos Bejarano Cesari autor del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto por el art. 55 de la Ley Nº 1.008, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 8 años de presidio en el Penal de Palmasola de Santa Cruz y una multa de 100 días a razón de Bs. 1 por día
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal 5º de Sentencia del Departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia de
- Que, de fs
- Contra la referida resolución recurre de Casación el procesado Roberto Carlos Bejarano Cesari, con los
- Según prevé el art
- En el Recurso de Casación se deberá señalar la contradicción en términos precisos y como
- CONSIDERANDO: Que, de una atenta y cuidadosa revisión de los antecedentes y pruebas cursantes en
- Que, el fundamento de Casación estaría vinculado a la presentación de prueba viciosa, obtenida en
- Que, el recurrente en primera instancia en su Apelación Restringida invocó infracción de los arts
- Ahora bien en el Recurso de Casación no se invocó ni uno de los precedente
- Que, sobre la Casación, Roxin emite un criterio conceptual afirmando que: "La casación es un
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2012
