Auto Supremo AS/0336/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2012

Fecha: 09-Oct-2012

POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la


CONSIDERANDO: (Cumplimiento de los requisitos formales)

Que, el recurrente formuló su Recurso de Casación mediante memorial presentado el fecha 15 de septiembre de 2008, cursante de fs. 183 a 184, cuando fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 8 de septiembre de 2008 (fs. 181 vta.), efectuado el cómputo de los cinco días dentro de los cuales debió presentar dicho recurso, se establece que no se cumplió con el término previsto por Ley. Consecuentemente al haberse presentado el Recurso de Apelación fuera del término de ley, ya que debió ser presentado el sábado 13 de septiembre del 2008, y no el 15 de septiembre de 2008, deriva en la inadmisibilidad del Recurso planteado, no pudiendo en consecuencia este máximo Tribunal de Justicia ingresar a considerar el fondo del recurso deducido.-

POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, dispone conforme señala el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declarar INADMISIBLE el Recurso de Casación planteado por Roberto Carlos Bejarano Cruz, cursante de fs. 183 a 184, en el que impugnó el Auto de Vista de 91 de 7 de agosto de 2008, cursante de fs. 178 a 180 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la comisión del delito de Transporte de Sustancia Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008. Con costas