Auto Supremo AS/0337/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2012

Fecha: 09-Oct-2012

VISTOS: El Recurso de Casación cursante de fs

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 337/2012.- FECHA: Sucre, 9 de octubre de 2012.

EXPEDIENTE: 199/08

DISTRITO: La Paz

PARTES: Luís Eduardo Choque Magne c/ Remigio Hinojosa Mamani, Víctor Rojas Baler, Máximo Flores

Arcani, Cipriano Choque Mamani

DELITO: Despojo

RECURSO: Casación

 

VISTOS: El Recurso de Casación cursante de fs. 438 a 441, interpuesto por Remigio Hinojosa Mamani y Víctor Rojas Baler, impugnando la Resolución contenida en el Auto de Vista Nº 154 de 20 de agosto de 2008, cursante de fs. 428 a 431 y vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso de acción penal promovido por Luís Eduardo Choque Magne contra Víctor Rojas Baler, Remigio Hinojosa Mamani, Máximo Flores Arcani y Cipriano Choque Mamani, por la presunta comisión del delito de Despojo, tipificado y sancionado por el art. 351 del Código Penal; los antecedentes de la causa; y:

CONSIDERANDO I: Que, el Juez Cuarto de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto, Departamento de La Paz, mediante Resolución Nº 2 de 18 de enero de 2008 cursante de fs. 374 a 380 vta., pronunció Sentencia contra los procesados: Víctor Rojas Baler, Remigio Hinojosa Mamani, Máximo Flores Arcani y Cipriano Choque Mamani, declarándolos autores y culpables del delito de Despojo previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal y al amparo de lo establecido por los arts. 329, 357 y 365 del Código de Procedimiento Penal, condenándola a cumplir la pena de tres años de reclusión en la Penitenciaría Distrital de San Pedro de la ciudad de La Paz, con costas y reparación de daños, a ser calificadas en ejecución de sentencia