POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el numeral 2 del articulo 38 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, inciso 3) del artículo 50, y el inciso 2) del artículo 154 ambos del Código de Pdto. Penal (Ley N° 1970), dispone la DETENCIÓN PROVISIONAL CON FINES DE EXTRADICIÓN del ciudadano peruano ULSER PILLPA PAITÁN, nacido el 23 de septiembre de 1987 en Acobamba - Huancavelica de la República del Perú, con DNI Nº 45314245; a este efecto ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que comisione a Juez de Instrucción de turno en lo Penal de la ciudad de La Paz, expedir mandamiento de detención con expresa habilitación de días y horas inhábiles, que podrá ser ejecutado en el ámbito nacional con auxilio de la INTERPOL o cualquier organismo policial
- EXP. N°: 478/2011
- PROCESO: Detención preventiva con fines de Extradición
- PARTES: Solicitada por la Embajada de la República del Perú del ciudadano de nacionalidad peruana
- FECHA: Sucre, veintiocho de noviembre de dos mil doce
- CONSIDERANDO I: Que en base a la nota de fs
- CONSIDERANDO II: Que de la revisión de antecedentes remitidos como la documentación adjuntada de fs
- En este marco legal, mediante resolución de 19 de marzo de 2010 (fojas 34 a
- En la solicitud de detención preventiva se afirma que de acuerdo a la información proporcionada
- Que, en el caso de autos, el delito por el que se acusa al nombrado,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Comuníquese con la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, para que por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Secretario de Sala Plena
