Auto Supremo AS/0301/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2012

Fecha: 08-Nov-2012

El hecho detallado es causa de nulidad según el inciso 1) del artículo 254 del


El aforismo que señala que "una justicia tardía es injusticia", debe mover a la reflexión a los órganos jurisdiccionales, quienes deben velar porque los fallos se pronuncien dentro los plazos que la propia ley prevé, evitando así el descrédito de la administración de justicia.

El hecho detallado es causa de nulidad según el inciso 1) del artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, por estar comprometida la competencia del tribunal de alzada, correspondiendo aplicar lo dispuesto en los artículos 252, 275 con relación al inciso 3) del artículo 271, todos del Código de Procedimiento Civil, de aplicación inexcusable por la garantía al debido proceso