Auto Supremo AS/0317/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2012

Fecha: 16-Nov-2012

En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista, se encuentra


En consecuencia, al no haber cumplido el recurrente con la carga legal prevista, se encuentra impedido de abrir su competencia para conocer el recurso intentado, al que se castiga conforme los artículos 271 numeral 1) y 272 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil