a) Que el Auto de Vista se estructuró por tres considerandos, el primero señaló las
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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Santos Avacay Vaca (fs. 154 a 158), impugnando el Auto de Vista Nro. 18 emitido el 3 de agosto de 2012 (fs. 123 a 126) por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Santos Avacay Vaca con imputación por comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal.
CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1. El Tribunal de Sentencia en lo Penal Nro. 2 de Yacuiba, dictó Sentencia Nro. 36 de 23 de septiembre de 2010, por la cual absolvió de culpa y pena a Santos Avacay Vaca de la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal, y lo declara autor de la comisión del delito de violación previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal, imponiéndole la pena de quince años de presidio, a cumplir en la Carceleta Pública de Yacuiba; 2.- El imputado interpuso recurso de apelación restringida contra esa Sentencia, obteniendo como resultado que el Tribunal de Alzada confirmó la Sentencia en todas sus partes, dando origen al recurso que es caso de autos, alegando lo siguiente:
a) Que el Auto de Vista se estructuró por tres considerandos, el primero señaló las denuncias realizadas, el segundo estableció la doctrina y normativa que se aplicó en el caso de autos y el tercer considerando estableció el análisis del caso. Que en el segundo considerando el Tribunal de Alzada señaló doctrina legal irrelevante, más aún no señaló la resolución en la que es establecida la doctrina legal que es citada, siendo ilógica para las denuncias realizadas, vulnerando de ésta manera garantías jurisdiccionales y constitucionales como son el debido proceso y el derecho a la defensa
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Santos Avacay Vaca (fs. 154 a 158), impugnando el Auto de Vista Nro. 18 emitido el 3 de agosto de 2012 (fs. 123 a 126) por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Santos Avacay Vaca con imputación por comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal.
CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1. El Tribunal de Sentencia en lo Penal Nro. 2 de Yacuiba, dictó Sentencia Nro. 36 de 23 de septiembre de 2010, por la cual absolvió de culpa y pena a Santos Avacay Vaca de la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis. del Código Penal, y lo declara autor de la comisión del delito de violación previsto y sancionado por el art. 308 del Código Penal, imponiéndole la pena de quince años de presidio, a cumplir en la Carceleta Pública de Yacuiba; 2.- El imputado interpuso recurso de apelación restringida contra esa Sentencia, obteniendo como resultado que el Tribunal de Alzada confirmó la Sentencia en todas sus partes, dando origen al recurso que es caso de autos, alegando lo siguiente:
a) Que el Auto de Vista se estructuró por tres considerandos, el primero señaló las denuncias realizadas, el segundo estableció la doctrina y normativa que se aplicó en el caso de autos y el tercer considerando estableció el análisis del caso. Que en el segundo considerando el Tribunal de Alzada señaló doctrina legal irrelevante, más aún no señaló la resolución en la que es establecida la doctrina legal que es citada, siendo ilógica para las denuncias realizadas, vulnerando de ésta manera garantías jurisdiccionales y constitucionales como son el debido proceso y el derecho a la defensa
- PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra Santos Avacay Vaca
- DELITO: violación de niño, niña o adolescente
- a) Que el Auto de Vista se estructuró por tres considerandos, el primero señaló las
- Cita como precedente el Auto Supremo Nro. 091 de 8 de marzo de 2002
- Procedimiento Penal, los cuáles son: 1) Que sea interpuesto contra los Autos de Vista dictados
- El art
- I
- II
- III
- Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y
- Regístrese y notifíquese
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
