FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En reiteradas oportunidades éste Tribunal ha establecido la naturaleza del recurso de casación, habiendo precisado que para su procedencia el recurrente debe cumplir necesariamente con los requisitos previstos por el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, situación que en el caso de Autos se extraña totalmente; siendo incomprensible que la recurrente cuestione la falta de imposición de costas al recurrente, sin considerar que quién recurrió de apelación contra la Sentencia fue precisamente la propia demandada y no así el demandante; por otro lado al ser la resolución de alzada anulatoria de obrados no existe previsión legal que justifique la pretensión de la recurrente en sentido de que se imponga costas al actor
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En reiteradas oportunidades éste Tribunal ha establecido la naturaleza del recurso de casación, habiendo precisado que para su procedencia el recurrente debe cumplir necesariamente con los requisitos previstos por el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, situación que en el caso de Autos se extraña totalmente; siendo incomprensible que la recurrente cuestione la falta de imposición de costas al recurrente, sin considerar que quién recurrió de apelación contra la Sentencia fue precisamente la propia demandada y no así el demandante; por otro lado al ser la resolución de alzada anulatoria de obrados no existe previsión legal que justifique la pretensión de la recurrente en sentido de que se imponga costas al actor
- Expediente: LP-95-12-S
- Partes: Víctor Flores Quisbert c/ Beatriz Pocoata Mendoza
- Proceso: Divorcio
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Sentencia la demandada y reconventora Beatriz Pocoata Mendoza interpuso recurso de apelación cursante
- Contra esa Resolución de segunda instancia la demandada y reconventora Beatriz Pocoata Mendoza interpuso recurso
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por las razones expuestas solicitó se emita la resolución que corresponda con la debida imposición
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Cabe recordar que todo profesional que asiste a una parte en litigio tiene el deber
- Por las razones expuestas siendo manifiestamente improcedente el recurso, corresponde fallar en la forma prevista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Mgda. Relatora: Dra. Rita Susana Nava Duran.
