POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el artículo 42 inciso 1) de la Ley del Órgano Judicial y los artículos 271 inciso 2) y 273, ambos del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fojas 105 a 106
- AUTO SUPREMO Nº 012 Sucre, 28 de marzo de 2012
- VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo de fojas 105 a 106, interpuesto por
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso de casación en el fondo, de los antecedentes
- III
- CONSIDERANDO III
- Por lo que ésta Sala concluye que, no son evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio
- REGÍSTRESE, CÚMPLASE Y DEVUÉLVASE
- Libro Tomas de Razón 12/2012
