- CONSIDERANDO: Que, si bien es cierto que en el Capítulo I del Título VI del
- En consideración de los referentes legales precedentes, de la revisión del testimonio de poder notarial
- Por otra parte, de la revisión del Testimonio de Poder Notarial Nº 413/201, cursante de
- En consecuencia, presentado que ha sido el desistimiento de la acción por parte de Carlos
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
