Por otra parte, se advierte que el recurso de casación del imputado se basa en
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISION
Sometidos a análisis los antecedentes procesales y el recurso interpuesto por el imputado Zenón Gutiérrez Copa, se establece que emitido el Auto de Vista 182/2011 de 13 de septiembre, se procedió a su notificación el 16 de marzo de 2012 y el recurso de casación fue formulado con antelación, es decir, el 17 de noviembre de 2011, situación por demás extraña. Sin embargo, en aplicación del principio de favorabilidad, del derecho a que tiene toda persona a recurrir y ser oída, previsto en el art. 115.II de la CPE y conforme dispone el art. 8 inc.1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, así como lo previsto en el art. 180.I y II de la CPE, que establece que la jurisdicción ordinaria se rige por los principios procesales de celeridad e inmediatez entre otros y que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, se supera el defecto de forma en cuanto a su presentación oportuna.
Por otra parte, se advierte que el recurso de casación del imputado se basa en la decisión del tribunal de apelación de disponer la devolución de obrados ante el tribunal inferior para que se pronuncie sobre una excepción opuesta, por lo que corresponde en el fondo determinar si la decisión asumida por el tribunal de apelación se ajusta a derecho o por el contrario le correspondía pronunciarse respecto a los agravios alegados en el recurso de apelación restringida, más cuando se denuncia fundadamente la vulneración al debido proceso y el principio de legalidad. Además, se alega la falta de consideración de varias circunstancias para la fijación de la pena, invocando varios Autos Supremos que establecieron doctrina relativa a la necesidad de motivación en las resoluciones judiciales; consiguientemente, el recurso intentado cumple con los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP, por lo cual deviene en admisible
Sometidos a análisis los antecedentes procesales y el recurso interpuesto por el imputado Zenón Gutiérrez Copa, se establece que emitido el Auto de Vista 182/2011 de 13 de septiembre, se procedió a su notificación el 16 de marzo de 2012 y el recurso de casación fue formulado con antelación, es decir, el 17 de noviembre de 2011, situación por demás extraña. Sin embargo, en aplicación del principio de favorabilidad, del derecho a que tiene toda persona a recurrir y ser oída, previsto en el art. 115.II de la CPE y conforme dispone el art. 8 inc.1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, así como lo previsto en el art. 180.I y II de la CPE, que establece que la jurisdicción ordinaria se rige por los principios procesales de celeridad e inmediatez entre otros y que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, se supera el defecto de forma en cuanto a su presentación oportuna.
Por otra parte, se advierte que el recurso de casación del imputado se basa en la decisión del tribunal de apelación de disponer la devolución de obrados ante el tribunal inferior para que se pronuncie sobre una excepción opuesta, por lo que corresponde en el fondo determinar si la decisión asumida por el tribunal de apelación se ajusta a derecho o por el contrario le correspondía pronunciarse respecto a los agravios alegados en el recurso de apelación restringida, más cuando se denuncia fundadamente la vulneración al debido proceso y el principio de legalidad. Además, se alega la falta de consideración de varias circunstancias para la fijación de la pena, invocando varios Autos Supremos que establecieron doctrina relativa a la necesidad de motivación en las resoluciones judiciales; consiguientemente, el recurso intentado cumple con los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP, por lo cual deviene en admisible
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2011, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Notificado el imputado el 16 de marzo de 2012, conforme la diligencia cursante a fs
- Del memorial que cursa de fs
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Por otra parte, se advierte que el recurso de casación del imputado se basa en
- mediante fotocopias legalizadas: el Auto de Vista 182/2011 de 13 de septiembre, y el presente
- Firmado
