Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luís Cayo Chávez, cursante de 587 a 588.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luís Cayo Chávez, cursante de 587 a 588.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2012, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida cursante de fs
- c) Notificado el imputado con el Auto de Vista referido el 29 de febrero de
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- De igual manera, denuncia valoración defectuosa de la prueba, haciendo referencia al Certificado Médico Forense
- Finalmente, agrega que no se tomó en cuenta la actuación ilegal, sin competencia y usurpando
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Finalmente, en ausencia de cita de precedentes contradictorios y de la fundamentación correspondiente respecto a
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los
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- Firmado
